Las mascotas han dado mucho que hablar las últimas semanas. El BOE publicaba la modificación de tres leyes: Código Civil, Ley de Familia y Ley de Enjuiciamiento Civil; para establecer que los animales domésticos ya no pueden ser tratados como objetos, sino que adquieren el estatus de seres vivos dotados de sensibilidad.
La primera sorpresa será que hasta ahora hubieran sido tratados como objetos.
Las mascotas pasan a ser tratadas como miembros de la familia.
¿Qué implica esta nueva lectura en caso de divorcio?
Implica que hay que recoger a las mascotas en el Convenio Regulador. Si el divorcio fuera contencioso, tendrá que ser el juez el que determine guardia y custodia y régimen de visitas.
Entonces… ¿qué diferencias hay, desde el punto de vista legal, con un hijo?
Hay diferencias. A partir de los 12 o 14 años, los hijos pueden ser escuchados en el procedimiento.
Por otro lado, en el caso de los descendientes hay que establecer una pensión de alimentos; cosa que no se da en el caso de las mascotas.
Sí se puede recoger que quien tenga la guardia y custodia haga frente a los gastos que produzcan los animales.
También puede ser, todos conocemos casos, que hay mascotas a las que haya que defender de sus propios dueños.
Pongamos por caso animales que malviven en condiciones que no son las adecuadas o que no reciben la educación necesaria y hacen la vida más difícil a los vecinos. ¿Qué nuevas obligaciones adquieren los dueños?
Pues hay una serie de obligaciones importantes. Más alá de las que son obvias, maltrato o abandono; estará prohibido mantener a los animales en los balcones, por ejemplo.
Se va a crear un registro de personas que van a ser inhabilitadas para ser dueños de mascotas.
¿Algún cambio respecto a las mascotas consideradas como potencialmente peligrosas? Los perros, por ejemplo…
De entrada, se va a cambiar la nomenclatura: serán perros de manejo especial; lo cual deja claro que la responsabilidad es del dueño y no del perro.
El lugar de centrarse tanto en la raza del perro, lo hará en el adiestramiento y en las capacidades que puede tener el animal y le hagan diferente del resto.
No está definido todavía, pero va a haber que realizar una serie de cursos y poder demostrar que se está capacitado para tener cierto tipo de mascotas.
Por otro lado, no sólo son mascotas.
Hay otros muchos millones de animales que se van a ver beneficiados por esta nueva consideración. Se habla mucho de las macrogranjas.
¿Protege la ley también a estos animales?
Pues, concretamente, esta nueva redacción no entra en la protección de este tipo de animales de granja.
Hay una Ley del año 2000 que ya habla de este tipo de establecimientos de granja industrial de gran tamaño. Esta Ley crea una serie de inspecciones que luego delega a las Comunidades Autónomas; que son las que hacen el desarrollo normativo.
Hablando sobre tener animales en casa, los típicos animales domésticos que se sacan a pasear. Los dueños están obligados a recoger sus heces. Pero… ¿y la orina?
Pues esta es una competencia municipal. Hay ayuntamientos que disponen de sanciones administrativas al respecto en el ámbito de la limpieza.
¿Afecta sólo a perros y gatos? ¿O también a otras mascotas?
A todas las mascotas: peces, roedores, lo que sea. A todas las mascotas.
También hay una novedad que no hemos hablado y que viene a cuento con esto; cuando una persona tiene más de cinco mascotas; independientemente de si son de la misma especie o no, hay que entrar en el Registro de Núcleo Zoológico.
La gente puede no darse cuenta, pero los peces o ese tipo de mascotas que no se tienen en cuenta, computan a la hora de hacer este cálculo.
¿Cualquier tipo de animal puede ser considerado mascota?
Está regulado cuál puede ser considerado animal doméstico o no en la venta, por ejemplo. Las personas que tienen licencia para venta de animales domésticos, el rango que aprueba la Ley es el de cuidador.
Tampoco se pueden adquirir animales, como mascota, del extranjero, por ejemplo.
¿Hay que actualizar el seguro de la vivienda cuando entra una mascota en la familia?
Es conveniente y cada vez más. Las pólizas de seguros ya los tienen en cuenta. Tanto si entra la mascota como si entra un inquilino con la mascota en una vivienda.
¿Y lo del acceso a servicios o establecimientos con la mascota que hasta ahora lo tendrían prohibido?
Existe el Derecho de Admisión, que no se ha movido y queda a criterio del propietario o del responsable.
¿Existe el DNI para mascotas?
Sí, va a existir una identificación, Se da un plazo de un año para que los perros y los gatos tengan su identificación.
Además, parte de una realidad que se daba y que muchas veces se aceptaba como en el caso que comentábamos del divorcio; que quien ostentaba la titularidad de la mascota era la persona que había realizado el registro.
Para evitar esa situación y permitir una personalidad propia de la mascota, independientemente de quien figura como titular en los registros a su lado; nace este nuevo identificativo que depende, exclusivamente, del animal.
¿Se pueden llevar las mascotas a las playas?
La nueva Ley no permite esa cuestión. Además, no es algo que se recoja a nivel estatal; sino a nivel municipal. Como en otras cuestiones que hablamos, van a seguir rigiendo las mismas normas en competencias de las Administraciones Autonómicas, Diputaciones o Ayuntamientos. Ahí nada cambia.