¿Se veía venir que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco iba a tumbar las medidas del Gobierno para el fin del Estado de Alarma?
Sí. Nunca se sabe, pero la terna era la misma que había fallado con respecto al tema de la hostelería o las limitaciones del Derecho de Reunión.
En ambos casos había dejado muy claro cuál era su postura: que para poder restringir derechos fundamentales debe existir una justificación muy clara.
Cierre perimetral, toque de queda… para ese tipo de medidas, el Gobierno Vasco no tiene competencias. Pero Tribunales del mismo nivel en otras Comunidades Autónomas se han pronunciado a favor.
Los más destacados Baleares y Valencia; que, curiosamente, cuenta con el nivel más bajo de incidencia de COVID-19 de España y que han fallado a favor de unas medidas que parecen vinculadas al aumento de la población vacunada.
Esas diferencias están causando una sensación extraña en la ciudadanía. De no saber a qué atenerse.
Son cuestiones interpretativas. Hay que tener en cuenta que Baleares y Comunidad Valenciana no han dirimido cuestiones que aquí sí se han visto. Están hablando de toque de queda pero no de cierre perimetral.
Baleares, además, ha tenido una división de opiniones importante. Allí no son 3, sino que son 5 magistrados; y ha habido 3 a favor y 2 en contra.
Y una cosa más. Las solicitudes que se hacían desde los diferentes Gobiernos Autonómicos estaban restringidas en el tiempo; es decir, que las limitaciones se mantendrían durante un tiempo determinado. En la Comunidad Valenciana, el Gobierno ha pedido hasta final de mayo y se les ha concedido 3 semanas más.
¿Cuál ha sido la justificación que da Comunidad Valenciana? Digo esto porque Baleares no se ha acogido a ningún texto legal para mantener esas limitaciones.
La Comunidad Valenciana se ha acogido a la Ley de Medidas Especiales de Salud Pública del año 86; una Ley muy cortita, entra en un folio, y que dice que en caso de cualquier tipo de epidemia se podrán tomar ese tipo de medidas.
Lo que ocurre, y es lo que dice el Tribunal de Justicia del País Vasco, es que es una Ley pensada para cuestiones individuales y para cosas concretas, no para algo genérico o general.
Eso puede generar confusión a la hora de desplazarse a otras comunidades. En teoría podemos decir que podemos ir donde queramos pero luego en el lugar donde acudamos hay normas locales de las que deberíamos enterarnos antes de salir…
Sí, claro. A nivel general podemos decir que se han levantado las barreras, que la hostelería tiene un margen mayor; pero, por ejemplo, Cantabria tiene una serie de restricciones dependiendo de cual sea la incidencia en el municipio.
En este momento, Castro Urdiales, está cerrada.
Antes de conocerse el fallo del Superior Vasco, el Lehendakari ya había adelantado que no utilizaría el recurso al Tribunal Supremo: un recurso de “casación”.
¿Qué es un Recurso de Casación y por qué sólo se puede presentar ante el Supremo?
Pues es la última bala que se tiene en los procedimientos judiciales. Da igual el ámbito contencioso-administrativo, penal, civil, laboral…
No es un recurso en el que se reinterpreten los hechos ni la interpretación de los mismos. Se utiliza cuando se constata una mala aplicación de la Ley por un Tribunal.
También es aplicable cuando hay diferentes criterios dictados por diferentes Tribunales, en este caso Tribunales Superiores de Justicia de diferentes comunidades, y lo que se pide es unificar los mismos.
Este es el modelo propuesto por el Estado, pretendiendo que se resuelva en un tiempo muy corto, tengamos en cuenta que un recurso en el Tribunal Supremos podemos andar por los dos años o dos años y medio; a través de un Decreto Ley, esos que vienen a resolver situaciones de extrema necesidad y urgencia.
Esta mañana hemos tenido aquí a Alberto López Basaguren, que afirmaba que la justicia no debería haber sido la destinataria de estas discusiones; sino que el legislativo habría tenido tiempo para poner en marcha un soporte legal que diera cobertura a esta situación.
La Justicia está sustituyendo no sólo el legislativo sino también el sanitario; porque es en quien deberían basarse la decisiones.
Totalmente. Al final los Tribunales tienen que limitarse a aplicar la Ley conforme a los elementos que ponen a su disposición la parte que quiere que se aplique esa Ley.
Vamos a mantener el cierre perimetral o el toque de queda es una restricción de un derecho fundamental. Pero no lo justifica debidamente aportando datos o que va a ser temporal. Pues entonces es muy probable que ocurra lo que ha ocurrido.
Efectivamente, como decía López Basaguren, había infinidad de fórmulas para haber continuado con este tipo de medidas sin comprometer a los Tribunales y que nos encontremos lo que nos hemos encontrado: que pueda haber resoluciones diametralmente opuestas.
Da que pensar que lo que no se buscó fue una solución política que fuese del agrado de quienes están en la política.
Cierto… Desde mi punto de vista se ha intentado eludir determinados costes políticos. Cuando han buscado fórmulas, pues han delegado en otros poderes la resolución final.
Estas cosas, cuando ha habido tanto tiempo, se podían haber organizado mejor.
¿Qué es lo que va a pasar con las multas del estado de alarma?
Además, ese fin del estado de alarma ha sido interpretado por muchas personas con el decaimiento de la pandemia. Ha habido muchas multas y van a ponerse más. Porque siguen muchas medidas como el número de personas, los horarios de cierre…
Pues pasará lo mismo que estaba pasando hasta ahora. La gente seguirá acudiendo a los juzgados a recurrirlas y quien las quiera cobrar deberá acreditar si está bajo el paraguas de la Ley de Seguridad Ciudadana, los agentes deberán acreditar que se hizo el requerimiento previo, cómo se hizo ese requerimiento, que la persona requerida no quiso cumplir…
Es verdad que esas multas sí tienen un soporte legal. El Gobierno Vasco o, incluso en determinadas sanciones los propios municipios, pueden seguir imponiéndolas; independientemente de que no haya estado de alarma.
Una pregunta de un oyente: ¿Qué pasa si me llaman para vacunarme estando fuera de vacaciones? Ya lo hemos tocado antes pero ahora, con el fin del estado de alarma, la gente prepara vacaciones…
La vacunación está funcionando de una manera en que se puede cambiar la fecha. Pero es cierto que no existía esa posibilidad de no estar físicamente en el lugar de la cita. Las razones que se utilizaban para un cambio de fechas no tenían en cuenta esto.
Al menos de manera oficial, yo no he escuchado que vaya a haber cambio en eso.