Decidir si queremos tratamiento médico o no…

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La noticia de la muerte por inanición de una adolescente holandesa de 17 años está dando la vuelta al mundo.

Aún sigue el debate sobre si recibió o no la eutanasia, o si suicidó. Más allá de este debate, o sobre si la joven recibió la ayuda adecuada a tiempo, nos gustaría hablar de lo que contempla la ley estatal sobre cuándo una persona puede decidir no recibir tratamiento médico.

En Holanda tienen aprobada la eutanasia y en 2017 se registraron más de 6.858 peticiones de muerte asistida.

Aquí no existe ese derecho, pero la ley sí que permite la negación a recibir tratamiento médico. Salvo en algún supuesto concreto, como puede ser que se quiera tomar algo que sepa que pueda adelantar la muerte. (Ejemplo: Si se tiene una hemorragia, tomar anticoagulantes)

Se puede tener un “Testamento Vital” realizado cuando la persona se encontraba en una situación cognitiva óptima, donde explica qué directrices quiere que se lleven a cabo cuando no pueda decidir por sí misma por encontrarse en una situación impeditiva

Las enfermedades mentales son una razón de peso para quitar la voluntad de decidir. El derecho penal principalmente y las enfermedades mentales tienen una larga historia de desencuentros de interpretarse o regularizarse, desde no haberlas tenido en cuenta hasta tenerlas en cuenta como modificadoras de la voluntad.

Al final lo que nos dice el código es que puede haber alteraciones emocionales, cognitivas que hacen que una persona no pueda llegar a aprehender o comprender los términos más básicos a la hora de poder formarse una opinión.

Existen muchos tipos de enfermedades mentales, temporales o permanentes, porque no es lo mismo sufrir una psicopatía, o una esquizofrenia, que una depresión o un trauma provocado. Cara a poder intervenir judicialmente cuando una persona no quiere continuar con el tratamiento, puede contemplarse si existe una incapacitación previa en el ámbito civil o puede realizarse mediante mediante examen psicológico y/o psiquiátrico para ver si esa decisión se toma sin saber muy bien las consecuencias que puede acarrearle.

En casos donde un menor no quiere continuar con el tratamiento médico, pero sus padres si, o en el caso contrario; se tiene en cuenta y se delimitan las edades como en el código penal. Un menor de entre 16-17 años, pese a ser menor, se supone que tiene una capacidad y una madurez que si le permiten hacer frente a este tipo de cuestiones.

En el resto de los casos que afecten a menores de edad se puede pedir la intervención judicial para ver si se continúa con el tratamiento o no.

Puedes escuchar la intervención completa en Más que Palabras de Radio Euskadi

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