Desokupa | Kenari Orbe en Radio Euskadi

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La empresa Desokupa, vinculada a los desahucios; ha sido noticia porque unos vecinos del Casco Viejo de Bilbao han conseguido evitar su intervención para desocupar una vivienda.

Hace un mes se produjo otra protesta vecinal tras el desalojo de un inmueble de Abadiño.

¿Quiénes son? ¿Una especie del Cobrador del Frac en el mundo del alquiler?

Desokupa fue una de las primeras, pero ya han abierto otras. Es un mercado y hay quien ve que es rentable.

A pesar de que tienen muchas denuncias, no consta ninguna condena en firme por ninguna acción ilegal; pero también es cierto que se mueven en una zona gris… gris oscuro.

Son un poco como ese “Cobrador del Frac” pero dan un poquito más de miedo.

Suelen se tipos bastante musculados por la propia selección que hacen del personal, con perros recogidos dentro de los catálogos de razas peligrosas; elementos que suelen coincidir con determinados ambientes políticos y sociales muy concretos.

Sobre su funcionamiento, ellos hablan de una primera fase en la que se intenta negociar; pero por la otra parte se dice que más que una negociación se trata de una presión. Luego hay una segunda fase en la que se cerca el perímetro de la vivienda con el objetivo de impedir el retorno a la misma a sus moradores.

Todo lo que es la puesta en escena hace dudar de que las formas sean las más adecuadas.

En algunos casos puede ser una solución rápida. En otros casos, las propias empresas afirman que no intervienen.

De hacerlo, podrían tener una serie de riesgos legales. Tanto para ellos como para el propietario que contrate sus servicios.

Es una situación muy compleja. A lo mejor la casa okupada tiene un propietario legal, recordamos el caso de Victoria en Portugalete.

La okupación de una vivienda crea un trastorno tremendo para la persona propietaria.

Hay unos procesos legales para seguir. Unos más largos y otros más cortos dependiendo de las particularidades de cada caso.

Acudir a medios alternativos es una tentación. Incluso puede ser efectivo en algún caso. Pero conlleva unos riesgos.

Aparte del desembolso económico que hay que hacer para pagar a una empresa de estas características, puede resultar en un fiasco que haga que el procedimiento legal se alargue aún más.

El riesgo principal es que las personas que estén okupando la vivienda denuncien a los elementos de la empresa que inicia el proceso de desalojo por amenazas, por lesiones, allanamiento.

El procedimiento penal para ver la causa de esas denuncias se puede acumular al procedimiento del desalojo judicial.

Existen manuales para actuar, en caso de okupación, contra la acción de este tipo de empresas. Aconsejan llamar a la policía.

Si la policía se presenta cuando una empresa de este tipo está actuando, ¿qué ocurre?

Los empleados tienen muy claros los límites legales que no pueden cruzar. Nunca entran en la vivienda. Actúan en la vía pública; incluso fuera del portal.

A la policía le dirán que han sido contratados por el dueño del inmueble para desalojar a las personas que han entrado de manera ilegal en una vivienda.

Cuando a alguien le okupan la vivienda, la policía está muy limitada. Tampoco pueden acceder.

No, no pueden entrar. Pero si la persona propietaria tiene la posibilidad o la suerte de enterarse, las primeras horas son clave.

Hacer valer que la persona que ha sufrido el allanamiento es el propietario exige actuar antes de que los okupantes tomen una serie de medidas, como cambiar la cerradura o meter sus cosas.

Ese tiempo suele ser muy corto. Las personas que entran en esas viviendas, además de esos manuales, suelen tener conocimientos de Derecho Inmobiliario y muy claro lo que tienen que hacer para que una cosa parezca lo que a ellos más les conviene.

Sólo con cambiar el bombín e impedir así el acceso al propietario con su propia llave; ya impiden el acceso a las fuerzas del orden y tienes que ir por la vía judicial. La preferente es la vía civil porque la vía penal exige la identificación de las personas que están dentro; y muchas veces son totalmente desconocidas.

Muy pocas posibilidades de recuperar enseres que desaparezcan del interior o de ser indemnizado.

Son personas que se declaran insolventes.

No es lo habitual, pero hay seguros que cubren ese tipo de eventualidades. Si fuera así, habría que dirigirse al seguro.

En cuanto a las reclamaciones por daños y perjuicios, hay que ver si interesan. Si las personas son insolventes, no existe ninguna posibilidad de recuperar los objetos ni de lograr ningún tipo de indemnización.

Escucha la intervención completa en el programa Mas que Palabras de Radio Euskadi

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